INTERPOL esclarece que su reglamento prohíbe intervenir asunto de carácter predominantemente político, militar, racial o religioso


LYON, Francia. – La Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) distribuyó una nota aclarando algunas versiones de carácter periodístico. La versión oficial de la organización, conocida el día 18 de septiembre, dice que,algunos medios de comunicación han informado de que las autoridades egipcias han ordenado la detención de unos ciudadanos egipcios de religión cristiana copta residentes en Estados Unidos por su presunta implicación en la producción de un vídeo en el que se ataca el islam, y de que dichas autoridades se proponen utilizar el conducto de INTERPOL para solicitar su detención”.

Por otro lado la entidad pone en conocimiento público que, a fecha de martes 18 de septiembre, INTERPOL no ha recibido ninguna solicitud de las autoridades egipcias para que se detenga a ninguna persona buscada en relación con la producción del mencionado vídeo.

La nota asevera que INTERPOL, en el caso de que recibiera tal solicitud, esta sería examinada por su Oficina de Asuntos Jurídicos para determinar si infringe el artículo 3 del Estatuto de INTERPOL, que prohíbe a la Organización “toda actividad o intervención en cuestiones o asuntos que revistan un carácter político, militar, religioso o racial”.

Finalmente la comunicación hecha pública en las últimas horas por la Organización Internacional de Policía Criminal ratifica que, la misión de INTERPOL es apoyar a cada uno de sus 190 países miembros en la lucha contra todo tipo de delitos graves, pero solo puede hacerlo acatando su Estatuto y sus demás textos normativos.

Por otro lado, la organización internacional manifestó: “Por consiguiente, aunque ciertas conductas puedan ser ilegales con arreglo a las leyes de determinados países miembros de INTERPOL, toda solicitud de cooperación policial internacional cursada por los canales de esta organización policial mundial para la detención a escala internacional de una persona buscada debe ser conforme con el Estatuto, las normas y los reglamentos de INTERPOL”.

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