Oipol & Oijust Operación Global | Comunicación Institutional Oipol & Oijust, Agosto 30 de 2024 – Una misión de la Organización Internacional de Policías & Organización Internacional de Justicia (Oipol & Oijust que el día lunes 19 de Agosto de 2024 atravesaba la provincia mesopotámica de Entre Ríos, Argentina, de nor-este a centro-este del país constató la actuación arbitraria de un miembro policial entrerriano que a las 10:08 am (hora Buenos Aires) se encontraba en un control carretero. El efectivo en un registro procedía a la incautación de documentación personal, como es una licencia de conducir y documentación de dominio vehícular, para efectuar, supuestamente, una comprobación de datos y antecedentes.
El miembro policial de la, provincia de Entre Ríos, que aparentaba tener un puesto de mando, se apoderó de documentación personal y vehícular con el objetivo presunto de constatar historiales y con una posibilidad abusiva frente a un titular de esa documentación, que solamente tenía la posibilidad de confiar en él.
Recordamos a la Policía de Entre Ríos que la documentación personal sólo puede ser manipulada en presencia de los titulares. Ésta puede servir para extraer datos reservados que ninguna autoridad tiene la potestad de manipular, en situaciones como puede ser un control de tránsito.
La Ley Nacional 25326 de Argentina protege los datos personales, para que no sean utilizados ni registrados sin tu consentimiento. En este caso el efectivo policial entrerriano, en su procedimiento que, podría encuadrarse en un carácter arbitrario, se apoderó de documentación personal y dominio vehicular para llevárselo a un recinto cerrado y sin dar la oportunidad de consentimiento de su titular. Los datos podrían ser extraídos con el fin de falsificar otros documentos o usarlos con otros fines.
El proceder del agente policial, del día 19 de agosto, iría en contra de la ley 25326 de protección de datos personales o hábeas data que protege los datos de identidad. Esos datos son los llamados «datos sensibles» y nadie puede obligar a darlos. Tampoco pueden ser registrados, salvo que haya razones de interés general autorizadas por la ley y en este control de tránsito no había un motivo supremo para tomar la documentación y manipularla con un fin no informado a su titular.


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