El «Banco Ciudad» perpetrador de hostigamiento


Oipol & Oijust Unidad OSINT Global Operación cooperación y edición actualización julio 30 de 2026.- El día 23 de julio de 2026 Oipol & Oijust radicó una denuncia ante el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires con el #1805909, en contra de prácticas de hostigamiento, fraude y/o estafa contra el «Banco Ciudad». El banco público oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, su agente financiero y un instrumento de crédito social, según la denuncia, ha cobrado una deuda que ya había sido paga en su totalidad.

La denuncia fue realizada el día 24 de julio, acompañada con elementos probatorios y se aguarda la aplicación de la ley de Argentina.

Elementos legales

Cobrar una deuda que ya fue cancelada en Argentina es una práctica totalmente ilegal. Si se recibe intimaciones, llamadas de estudios de cobranza o se sigue reclamando un saldo que ya se saldó, se considera un acto de hostigamiento, fraude o estafa (dependiendo de la gravedad y la insistencia).

Ley de Defensa del Consumidor (N° 24.240): El Artículo 8 bis prohíbe las conductas, métodos de cobranza o intimaciones que coloquen al consumidor en situaciones vergonzantes, intimidatorias o vejatorias. El Artículo 52 bis establece la aplicación de un daño punitivo (multas civiles a favor de la persona afectada).

Una acusación es sólo un acto de incriminar. El acusado es inocente hasta que se demuestre la culpabilidad por un juez que dicte una sentencia.

Deja un comentario

Crea una web o blog en WordPress.com

Subir ↑